Qué es un procurador, y su necesidad para una empresa

Hoy queremos hablar de la importancia que tiene la figura de un procurador en una empresa. Son esas palabras que no eres consciente de que lo necesitas hasta que no tienes un problema. Por eso, vamos a analizar su figura, y, sobre todo, cómo puede influir en el buen funcionamiento de una empresa.

Para conocer un poco más de esta figura, nos tenemos que remontar unos cuantos años, para ser conscientes de la importancia que tiene. El «procurador» de los romanos, el «personero» de las partidas de Alfonso x el Sabio (sgl. XII), el procurador, desde el siglo XVIII es: quien comparece en el juicio en representacion de otro. Y es así de simple.

De tal manera que, el procurador es una persona que actúa en nombre de otra persona, empresa o entidad. Las principales funciones del procurador son proporcionar representación ante los tribunales y otras autoridades (por ejemplo, organismos administrativos). Así como también, asesoramiento y representación legal, gestionar los asuntos financieros, hacer cumplir los contratos y acuerdos, cobrar las deudas y pagar las facturas, como nos indican desde Sevilla Flores.

Esa representación se ha ido especializando. Hoy se diferencia entre representación legal, voluntaria y procesal. Según la actual Ley Orgánica del Poder Judicial. Y es una figura que una empresa necesita a la hora de pensar en posibles tramites judiciales. Y ya sabemos que una empresa puede acabar en juicio por muchos motivos. Ante esto, siempre hay que ser previsor.

Además, los procuradores se saben amoldar a los nuevos tiempos. Por eso, los Colegios de Procuradores tienen disponible un sistema online de solicitud de incorporación a cualquier Colegio de Procuradores, así como de interposición de quejas y reclamaciones contra procuradores colegiados.

A estos efectos, en la Ventanilla Única de la Directiva de Servicios (EUGO), existe un área personal desde la cual se pueden efectuar estos trámites, así como conocer el estado de tramitación de aquellos ya iniciados. Registrarse como usuario en el portal EUGO permite acceder a esa parte privada donde iniciar y obtener la ayuda necesaria para la realización de los trámites.

Qué hace

Seguir el proceso, estar pendientes de todos los pasos y tener informados al cliente y a su abogado.

Responsabilizarse de todos los trámites: recibe y firma los emplazamientos, citaciones, notificaciones, etc.; asiste a todas las diligencias y actos necesarios del pleito. Todo ello en representación y a favor de su cliente.

Transmitir al abogado todos los documentos e instrucciones que lleguen a sus manos.

Pagar los gastos que se generen a instancia del cliente y dar cuenta documentada de los mismos.

Funciones

Representación y asesoramiento procesal en los partidos judiciales

Prácticas de Diligencias Judiciales (citaciones, requerimientos, notificaciones,) según art 152.1.2LEC,, así como en todo el territorio nacional, si fuera necesario. Con un alto porcentaje de resultados positivos, caracterizándonos por la inmediatez y diligencia en las gestiones.

Auditoría de las resoluciones judiciales notificadas

Preparación y presentación de escritos en el mismo día de su recepción.

Embargos y lanzamientos

Subastas judiciales 24 h

Publicación de edictos y anuncios oficiales B.O.R.M., B.O.E. y prensa

Gestiones ante registros de la propiedad, bienes muebles y mercantil

Diligenciado de oficios, mandamientos y exhortos

Liquidación y control de plazos, señalamientos y resoluciones judiciales

Consulta Online de expedientes

El procurador es necesario cuando el cliente no tiene capacidad legal. Por ejemplo, si es menor de edad y desea firmar un contrato con una compañía de seguros, necesitará que alguien con capacidad legal firme en su nombre.

Quién puede ser

Para ejercer de procurador es necesario:

Ser Licenciado en Derecho.

Obtener el título de Procurador, expedido por el Ministerio de Justicia.

Colegiarse en el lugar donde se encuentre su despacho principal.

Prestar juramento o promesa ante el órgano que corresponda.

Organización profesional:

Los Colegios son los garantes y defensores de la profesión.

Es obligatorio, por ello, la inscripción de los Procuradores en el Colegio.

Los Colegios se rigen por una Junta de Gobierno presidida por el Decano y elegida democráticamente.

El órgano supremo de coordinación de los Colegios es el Consejo General, que junto con la Asamblea de Decanos, son los máximos órganos decisorios y rectores.

De esta manera, todo se rige por el Real Decreto 1281/2002, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España. Recoge la normativa vigente que regula la actuación de los procuradores, por si la quieres consultar para saber más de este tema.

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